martes, 21 de diciembre de 2010

Los arrendatarios o inquilinos: derechos a la hora de alquilar una vivienda



Sois muchos los que nos estáis preguntando acerca de la ley de arrendamientos urbanos, en concreto, acerca de los derechos que como inquilinos o arrendatarios tenéis bajo el amparo de la ley.

Pues bien, en respuesta a todas vuestras consultas, hoy queremos exponeros todos los derechos que como inquilinos o arrendatarios tenéis a la hora de alquilar una casa:

En primer lugar, deberéis saber que el contrato de arrendamiento de vivienda tiene un plazo de duración mínimo de cinco años, de tal manera que si al final pactáis un contrato de duración inferior a los cinco años, debéis saber que tenéis derecho a prorrogar el contrato hasta llegar a los citados cinco años.

En segundo lugar, y en cuanto a la renta, debéis saber que la misma sólo se podrá actualizar durante los cinco primeros años del contrato y elevándose la renta de acuerdo con el IPC cada año.

En tercer lugar, debéis saber que debéis pagar los servicios habituales de la vivienda tales como teléfono, luz, gas..., y en cuanto a los gastos de comunidad sólo los pagaréis si así se ha pactado en el contrato.

En cuarto lugar, y en cuanto a la fianza debéis prestar fianza equivalente a un mes a la hora de formalizar el contrato.

En quinto y último lugar, tenéis, salvo algunas excepciones, derecho de adquisición preferente en el caso de venta de la vivienda.

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