miércoles, 18 de mayo de 2011

Pisos

Nos ha llegado la siguiente consulta que paso a reproducir textualmente para conocimiento de todos vosotros:

"estoy arrendando una propiedad; casa y negocio a la vez,pero el aval me comunica su salida del pais y su incapacidad de seguir respaldando al arrendatario con el contrato. ¿ que debo de hacer ? ¿se puede deshacer el contrato ? ¿ se debe de conseguir otro aval ?
espero su respueta oportuna, muchas gracias!"


En primer lugar deciros que el avalista responde del cumplimiento del contrato exactamente igual que el arrendatario.

Si tal como dices, el avalista del contrato ya no puede atender al cumplimiento del mismo, podrías optar por las siguientes opciones:

1)Por la resolución del contrato, de tal manera que resuelto el contrato, se extingue la fianza. Por lo que habrá que hacer un nuevo contrato de arrendamiento y un nuevo aval (si sigues queriendo contar con otro avalista), o

2)Por el cumplimiento.

La elección de una u otra opción es algo que tendrás que valorar tú mismo, siendo la primera opción la más aconsejable si no quieres ir a juicio.

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